Carta de Crédito de Exportaciones
Es el instrumento mediante el cual el emisor (Banco del exterior) actuando por cuenta y orden de su cliente (el importador) se compromete a pagar a la vista y/o a plazos por intermedio de Santander a un beneficiario (el exportador) una determinada suma de dinero, sujeto al cumplimiento de las condiciones y términos especificados en el mismo.
Se minimiza el riesgo para el exportador, en la medida que cumpla con los términos de la carta de crédito en tiempo y forma.
En las cartas de crédito confirmadas, Santander se compromete a por cuenta y orden del Banco emisor a pagar y/o atender liberaciones al amparo del crédito documentario, siempre y cuando se cumplan estrictamente los términos y condiciones establecidos y la documentación sea presentada dentro de la validez del crédito.
El exportador
accederá al cobro de su exportación a través
de Santander, de forma inmediata contra la
presentación de los documentos de embarque
en los términos y condiciones estipuladas
en la carta de crédito.
Requisitos:
1. Ser cliente de Banco Santander
2. Tener una cuenta corriente en moneda extranjera.
Contratos
: Pendiente
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